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Derechos del arrendador en tiempos de COVID-19

En marzo de 2020, el Gobernador Newsom firmó la legislación AB 3088, conocida como la Ley de Alivio para Inquilinos por COVID-19 (CTRA). Esta ley congeló los desalojos de inquilinos que pudieran demostrar dificultades económicas causadas por la pandemia. Si bien la ley ha ayudado a muchos inquilinos a permanecer en sus hogares durante esta crisis sin precedentes, también ha afectado a numerosos arrendadores que no pueden cumplir con sus propias obligaciones financieras. La CTRA incluye ciertas protecciones para los arrendadores, pero no los protege ni los exime de todos los impactos económicos. Entonces, ¿qué pueden hacer los arrendadores bajo esta ley para proteger su inversión? Comunícate con tu prestamista Algunos arrendadores cuentan con reservas de efectivo para enfrentar esta situación. Sin embargo, si dependes principalmente de los pagos mensuales de renta para cubrir tu hipoteca, comunícate con tu prestamista para conocer qué tipos de protecciones están disponibles. Pregunta si tu préstamo tiene respaldo federal. Si es así, solicita una prórroga de pago (forbearance) conforme a la Ley CARES para evitar caer en mora. Si no cuenta con respaldo federal, aún pueden existir opciones de prórroga, programas estatales y federales de asistencia financiera, o exenciones de impuestos sobre la propiedad disponibles para ti. Busca acuerdos con tus inquilinos Nadie quiere imponer una carga innecesaria a sus inquilinos. Haz esfuerzos de buena fe para apoyarlos en la medida de lo posible. Por ejemplo, si tu situación financiera lo permite, exonera la renta por uno o dos meses, pospone los pagos o establece un plan de pago que les ayude a recuperarse económicamente. Si estás pasando por dificultades, pídele al inquilino que contribuya con una cantidad parcial, o ayúdalo a gestionar asistencia financiera del gobierno. Consulta la página de asistencia para préstamos por desastre para obtener orientación. Documenta todos estos esfuerzos de buena fe. Desalojos Aunque la CTRA establece una moratoria sobre los desalojos por dificultades económicas relacionadas con el COVID-19, un arrendador aún puede desalojar a un inquilino por otras razones, como violaciones relacionadas con mascotas o quejas por molestias. Sin embargo, sigue los pasos establecidos por la ley y busca la asesoría de un abogado calificado antes de proceder. Por ejemplo, los arrendadores deben entregar a sus inquilinos una Declaración de Dificultades Económicas Relacionadas con el COVID-19 junto con cualquier aviso de desalojo. El inquilino debe firmar y devolver esta declaración dentro de un plazo de 15 días. Este es solo uno de los muchos requisitos que los arrendadores deben cumplir para desalojar a un inquilino mientras la CTRA esté vigente. Programa Estatal de Asistencia para el Alquiler Si decides inscribirte en el Programa Estatal de Asistencia para el Alquiler, puedes recibir un reembolso de hasta el 80 por ciento de las rentas no pagadas, siempre que aceptes condonar el 20 por ciento restante. Demandas legales Recuerda que la CTRA es una moratoria sobre los desalojos, no sobre el cobro de la renta. Una vez que la CTRA llegue a su fin, los arrendadores podrán presentar una demanda en el tribunal de reclamos menores (a partir de agosto de 2021) por todas las rentas pendientes de pago. Deberás demostrar que realizaste todos los esfuerzos de buena fe para apoyar al inquilino con esta carga.

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